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Número 4, Junio 15 de 2013

 

 

Reflexiones históricas sobre la fundación de Villa de Leyva

 

 

Diego Arango

 

En esta era de la sociedad del conocimiento, es importante  reflexionar  sobre la   memoria histórica  y, en especial, sobre las circunstancias históricas  de la fundación de Villa de Leyva, que remiten a un periodo  caracterizado por diferentes cosmovisiones y epistemologías. Una tarea que desde distintos ámbitos  busca  aportar a la educación y formación, sobre todo, de los jóvenes. La memoria abre el camino para descubrir y conocer nuestro territorio, la  madre tierra, su legado y  tradición cultural.

 

 

 

MALESTAR FUNDACIONAL

 

En el año 1572 tiene lugar la fundación de Villa de Leyva, en parte como respuesta al conflicto social  surgido en Tunja el año anterior. Se trataba del  levantamiento de algunos de los soldados que, bajo el mando de Pedro Malaver de Silva y Diego Fernández de Serpa, habían venido desde  España vinculados a sus malogradas expediciones. Se dijo que "andaban tan inquietos que daban ocasión a que se temiese alguna conspiración en Tunja (...) porque se quejaban de andar vagabundos por no tener en que ocuparse ni ganar para
el sustento".
A esta protesta social se sumaron  los hijos de los conquistadores, que no tenían  tierras ni trabajo y carecían de recursos. Para los tunjanos era una situación inquietante y peligrosa que ameritaba una pronta solución.

 

Un malestar  social que  se agrava cada vez más y que, como señala Ernesto Porras C., en su artículo “La  difícil relación entre Villa de Leyva y  Tunja  durante la Colonia (1) , lleva a que  Andrés Díaz Venero de Leyva, presidente de la Real Audiencia, atemorice  la ciudad y  ordene varios ahorcamientos públicos. Así, pues, “entre el 29 de marzo y el 17 de abril de 1572, Venero de Leyva, acompañado por el fiscal de la  Audiencia, licenciado Alonso de la Torre, se aparece sorpresivamente, y de noche, en Tunja. En los 15 días que allí estuvo, condenó a muerte a 5 personas, aquietó de nuevo la ciudad [y luego propuso] “la formación de filiales villetas donde los alzados apaciguaran su revuelta”.

 

Con respecto a  lo anterior,  hay que tener en cuenta que veinte años  atrás,  en la sesión del Cabildo de Tunja del 15 de mayo de 1551, el alcalde Domingo de Aguirre había propuesto que se mudara y fundara de nuevo la Ciudad, cerca de Saquencipá en el valle de Sáchica. Para tal fin, se  conformó una  comisión con el alcalde Domingo de Aguirre, el provisor Pedro García Matamoros, Juan López, Juan de Avendaño, Pedro Corredor, Pedro Rodríguez de Carrión, Pedro Bravo de Rivera y Pedro Quiralt. Si dicho traslado se hubiere cumplido, Villa de Leyva no existiría en la  zona actual.

 

Los acontecimientos en Tunja representan, sin duda,  un incentivo para fundar una nueva  villa. Los comisionados oficiales, el corregidor de  Justicia Mayor  de Tunja y Vélez, Hernán Suárez de Villalobos, el alcalde ordinario de Tunja, Miguel Sánchez, y los regidores Francisco Rodríguez y Diego Montañez, viajan al valle de Saquencipá. Declaran que es el lugar más cómodo y conveniente y el  12 de junio de 1572  firman  el Acta de Fundación.

 

SAQUENCIPÁ, TIERRA SAGRADA DE LOS MUISCAS

 

 No sobra recordar que, hace más de 10 000 años aproximadamente, cuando la última glaciación, la región ya estaba habitada. Hubo  tres períodos de poblamiento: el de los cazadores-recolectores, el proto-agrícola, y el de las aldeas, diferenciado en Muisca Temprano y Muisca Tardío. Estas últimas basadas en  sistemas de producción agrícola, la alfarería, la orfebrería, los tejidos y  el mercadeo de los excedentes.

 

Los muiscas concebían el  territorio como “árbol genealógico” vivo, donde cada espacio, montaña,  valle, piedra, planta y particularmente río y laguna constituía el hábitat de fuerzas vitales esenciales. Saquencipá significa: la fuerza de la noche- El sitio escogido para la fundación  era un lugar sagrado en donde quedaban las Cucas -bohíos, santuarios, cuyo nombre significa "Casa Santa"-, y un centro astronómico y meteorológico   donde se reverenciaba al Sol.

 

En el cacicazgo de Saquencipá, que se  extendía por las dos márgenes del río hoy conocido como Cane y la parte baja del Suta hasta Sorocotá y  colindaba con la zona sagrada de Iguaque, estaba el santuario de Monquirá, que los españoles  bautizaron como el “Infiernito. El arqueólogo  Eliécer Silva Celis (1999) plantea en sus investigaciones, que en el lugar existía  un observatorio "astronómico-meteorológico, en donde se rendía culto a la fertilidad y a la fecundidad. Según algunos análisis de carbono 14 se precisa una antigüedad de I y II milenios A.C." (Informe  de la UPTC). En el sitio aparece cerámica de los períodos Muisca Tardío  y Temprano.

 

Ahora bien, si se da crédito a un documento de 1595 en  el que don Pedro Cacique de Saquencipá y don Diego Cacique de Monquirá dicen que tienen derecho  a unas tierras que lindan con Sorocotá, llamadas  Cavara, Pavachoque (2) y con una  lomita yrvita que  heredaron de sus padres (3) ; se entendería que Saquencipá se extendería  hasta Sorocotá.

 

 

Al  momento de la fundación de Villa de Leyva en 1572, se describió el paisaje de Saquencipá de la siguiente manera: 

 

“Tierra más llana que doblada de lúcido migajón, buen cielo y temple…al pie de unas escarpadas y peladas breñas, cerca de la boca de una famosa montaña que corre al norte, sin contarse más de veinte leguas de abundantes, dulces, claras y saludables aguas, de buenos caminos y que no hay malos ríos ni pasos malos”. (4)

 

Fray Pedro Simón, en su obra Noticias historiales de las conquistas de  Tierra Firme  en  las Indias Occidentales, escribe sobre la fundación:

 

“…el  corregidor  luego  que  recibió  los  despachos,  y  tomando la  vuelta del poniente  de  la ciudad, en compañía de Miguel Sánchez, alcalde ordinario, y  de Francisco  Rodríguez y Diego  Montañés,  regidores,  llegaron  al  valle  que  llaman  de  Saquencipá, por un pueblo de indios de  ese  nombre,  que  estaba  poblado  en  él, cuatro  leguas  de  la  ciudad a la  parte  dicha, tierra  más  llana que  doblada  de lucido  migajón,  buen  cielo  y  temple (…). Y pareciéndoles a  propósito  para la  población,  escogieron en él un sitio llano  al oeste y casi al  pie de unas escarpadas y peladas breñas, cerca de la  boca  de  una  famosa  montaña que corre  al  norte,  sin contarse más de veinte leguas de abundantes,  dulces,  claras y  saludables  aguas  y  todo  lo  de más  importante  a  los  edificios  del  pueblo. Y  así lo  fundaron… ”.

 

En los documentos de Fundación se dice que: “…en el dicho sitio y lugar donde están los cardones y unas matas altas del suelo y arbolillos pequeños, tomaban y  tomaron la posesión de la dicha villa de Nuestra Señora de Leiva, en el cual dicho sitio y lugar  con las dichas espadas que tenían en las manos, desenvainadas en señal de la dicha posesión (…)  cortaron las dichas ramas y se pasearon en el dicho sitio en nombre de Su Majestad, declarándola por villa y aldea sujeta a la dicha ciudad de Tunja y por de Su Majestad (…) asimismo con una espada desenvainada, añadiendo fuerza a fuerza y firmeza a firmeza, de la posesión de la dicha villa y fundación (…) se hizo luego un mojón de raíces de cardones y piedra y se puso, y mandó ponerse luego una cruz alta en señal de la dicha posesión y de todo lo demás …” (5)  

 

  

La Fundación desencadena, entonces, conflictos  entre los indígenas y los encomenderos de Tunja y los sacerdotes dominicos, puesto que se les asignaron tierras en el territorio sagrado muisca de Saquencipá.  Recordemos que el 7 de marzo de 1537, Jiménez de Quesada había entrado al  territorio muisca rumbo a las  tierras del Zipa, por el extremo noroeste de este territorio.  Entre el 7 y el  12 de marzo de 1537, pasó por Sorocotá, el valle de Monquirá, Suta y Tinjacá. Posteriormente todo el territorio, dentro de la nueva división administrativa colonial, quedó bajo la jurisdicción de la provincia  de Tunja   y del corregimiento de Sáchica.

 

Una vez  fundada la villa de  Nuestra Señora de Leyva, el  12 de  junio, se señalan  plaza y  solares y extensiones  de  tierra,  sin  tener en cuenta las tierras cultivadas  de  los  indígenas y si eran suficientes  para  albergar  toda  la  gente.  Se incluye un inciso de previsión, mediante el cual, en cualquier  tiempo,  cuando  conviniere más al servicio de la Corona,  podría ser mudada la dicha Villa  a  otro  lugar,  por cualquier Justicia y Regimiento que tuviere la ciudad de  Tunja. 

 

Según el historiador Alberto Corradine: “Otálora inicia la formación de un  Libro de Fundación,  en  el  cual  incluye  los  autos  de la Real Audiencia, y otro  documento  muy  curioso  que fue dirigido  a  los  Virreyes,  Presidentes y Gobernadores con las  instrucciones que deben cumplir para  fundar villetas y  pueblos en el  Perú, diferentes de  las ciudades  principales, el cual parece  haber guiado en muchos aspectos las  determinaciones  finales  del  comisionado,  sobre  todo en lo relativo al  tiempo mínimo de dominio que  debería  ejercer cada vecino  beneficiado con solar en el  asiento de la  villa, con huerto en  sus  inmediaciones  y  con tierras dentro de la jurisdicción  de la  misma,  para  asegurar en plenitud su derecho”. (6)

 

El 15 de junio de 1572, a los tres días de la fundación, Bernardino Mojica presentó ante el Cabildo la solicitud para que no se fundara Villa de Leyva, “por considerar que tal fundación iba en detrimento de Tunja”. (7) Sin embargo, el 12 de agosto,  la  Real  Audiencia  encomienda al Contador Real, don Juan  de  Otálora,  la comisión de  revisar todo lo actuado y tomar las determinaciones más convenientes  para  asegurar  la  perpetuidad  de la  Villa. El 14 de diciembre se ratifica la fundación y  por un Auto especial se declara que está  bien escogido el sitio inicial.

 

En diciembre se elabora el primer  plano de Villa de Leyva, en el cual se indican las veintisiete cabezas de familias beneficiadas con solares. Es el plano más antiguo que se conoce en Colombia, correspondiente a la fundación de una ciudad o  villa.

 

 

Seis meses después de la Fundación, en un documento  se  cuenta que: “a veintiún días del mes de diciembre de mil y quinientos setenta y dos años, ante el ilustre señor Juan de Otálora y por su mandato, estando en medio de la plaza  pública de esta villa, se hizo un agujero en ella, y  en él fue puesto e hincado un estante alto para rollo y picota en que fuesen ejecutados y castigados los delitos y pecados públicos, el cual dijo que mandaba y mandó poner porque esta dicha villa, como villa a ella sufragana (sic) y sujeta a ser de jurisdicción de la dicha ciudad de Tunja…”,

 

Luego, se dijo que : “considerando el servicio que a  Dios Nuestro Señor y a Su Majestad se sigue de la fundación de la dicha villa, y el remedio a los españoles y naturales della y  de su comarca, por ser como es la parte y lugar y asiento a donde la dicha villa está fundada, el mejor de todo este Reino, y más excelente para conseguir la salud humana, en ser temple no frío ni caliente, y tierra dispuesta e aparejada para coger en ella como se cogen y dan todas las frutas de castilla, y desta tierra, que se dan en todas las partes deste Reino, y lugar de mucha abundancia de aguas y leñas y muy buenas, y los demás materiales para el edificio y ornato, sustento y permanencia de dicha villa, e visto asimismo que la tierra que les está adjudicada y repartida a los vecinos de él, es la mejor que hay en todas estas partes de las Indias y en los reinos de España, para pan coger, porque todo lo que en este Reino se coge, lo mejor de él es de aquel valle, y que en las dichas tierras los vecinos de aquella villa y en cada un año cogerán de  veinte mil anegas de trigo para arriba, de que se seguirá un bien  general y universal para todo este reino y distrito de esta Real Audiencia, y visto asimismo que un cuarto de legua  dela dicha villa están  descubiertas ha muchos días minas de plata muy buenas, las cuales con la fundación della, se han de seguir, labrar y beneficiar, porque ha muchos años que están descubiertas, y por no haber tenido efecto la dicha fundación, no se han beneficiado hasta agora, de donde se espera grandísimo crecimiento de aumento los quintos reales e mucho remedio e aprovechamiento para todos los vecinos estantes e habitantes deste reino”.

 

El 19 de diciembre,  Otálora  señala los ejidos y el 29 de ese mes, la Real Audiencia imparte su aprobación a todo lo actuado por  éste. La presencia de numerosos grupos indígenas en toda la región limitaba
el número de los posibles vecinos de Leyva.
 Corradine, en el artículo  ya mencionado, anota que "este último aspecto fue el más criticado, pues se ofrecieron tierras a tantas personas que no podrían caber en toda la comarca circunvecina, al decir del Contador Juan de Otálora". (8)

 

Otálora repartió 215 fanegas de sembrados entre nueve personas de las que se habían avecindado en la Villa como labradores, “y dio por Ejido común a la dicha villa,  toda la tierra que hay desde una barranca bermeja, y unos robles que están en una quebrada de agua al pie de la sierra desta  villa, a la banda del monte, pasando un cerrito pequeño de piedras hasta más abajo del Molino de Juan Barrera, corriendo el río abajo, desde la dicha quebrada hasta debajo de donde están medidas la postrera acera de las cuatro aceras de huertas, frontero desta villa, camino de Saquencipá, y de allí, atravesando al cerro de las piedras, camino de Saquencipá y Monquirá, y todo  el dicho cerro de las piedras, aguas vertientes, a una banda y a otra y el cerro arriba hasta donde fenece en un cerrito gordo, camino de Tunja”. Y exigió: que en el año siguiente se tenían que edificar las casas  y  que en el mismo año “cultiven las huertas  y que ni las vendan ni las truequen”.

 

El 28 de enero de 1573,  Otálora convoca a la Justicia y Regimiento y vecinos de  la nueva Villa para que se junten  en su Cabildo a concejo abierto. Expone la  necesidad  urgente de levantar la iglesia y pide que se les exija a los caciques de los pueblos  circunvecinos,  una  cuota de ayuda  para la  construcción  del  templo.

 

El historiador Germán Colmenares, en su obra La  Provincia de Tunja  en  el  Nuevo  Reino de Granada (1984), planteó  que, en mayo,  algunos  vecinos de Tunja declararon que los ´beneméritos´, es decir, los descendientes  de  los conquistadores,  debían  ser preferidos  a  los nuevos  pobladores  en el  otorgamiento  de solares,  huertas  y estancias  de  la Villa  que  debería fundarse. Los colonizadores se quejaron  de  que la  fundación  ordenada  estaba  siendo obstaculizada  y objetaron a  los  vecinos  de  Tunja  que  para recibir solares  deberían  avecindarse  en la  nueva  fundación.

 

Se  determinó entonces anular  el  anterior  repartimiento  de  solares,  huertos  y  tierras  en  su  totalidad,  y  se procedió a  elaborar  un  nuevo  listado  de  vecinos,  discriminándolos  en  dos  grupos:  casados  y solteros, a  los cuales agregó los  nombres de unos pocos encomenderos de Tunja y Vélez. Los nuevos vecinos  fundadores  de  la  Villa  sólo  alcanzaron a sumar  27  cabezas  de  familia . (9)

 

DEMANDA POR LA FUNDACIÓN

 

Como se dijo al principio, la fundación originó conflictos con las  comunidades indígenas, los encomenderos de Tunja y los sacerdotes dominicos, puesto que la asignación de tierras contravenía la prohibición de las disposiciones de las Leyes de Indias sobre la propiedad territorial de los indígenas.  Esto llevó a una fuerte resistencia indígena frente a la presión sobre sus tierras y a las exigencias de mano de obra y de tributos  al ser expulsados  hacia las vertientes.

 

El cacique de Sáchica y su encomendero García Zárate, acusan ante
la autoridad real las actuaciones de Otálora. Se quejan de "que por
causa de su proveimiento hizo muy grande agravio
y perjuicio a sus
tierras
y labranzas que de tiempo inmemorial habían tenido y
poseído (…)se hizo muy grande agravio y perjuicio a sus tierras y
labranzas que de tiempo inmemorial a esta parte habían tenido y
poseído y tenían y poseían".

 

Así, pues, la fundación da pie a la primera demanda indígena por violación del Código de Indias. En 1572, Don Luis de Iguaque, por medio de otro memorial a la Real Audiencia, pide el "despueble de la Villa". Se presenta un
reclamo de las comunidades indígenas de Saquencipá, Sáchica, Suta y Monquirá a la Corona española, en el sentido de que la fundación de Villa de Leyva violaba las Leyes de Indias, promulgadas por Carlos V, en 1542, que prohibían "hacer esclavos a los indios y arrebatar/es sus bienes... y no se tomara nada contra su voluntad'.

 

 La política oficial de la Corona "era que los pueblos donde se debían asentar los muiscas debían tener acceso a terrenos adecuados para la agricultura”, pero con la fundación se continuaron los atropellos iniciados por los conquistadores a las ideas y valores culturales de los indígenas, así como a su derecho de propiedad colectiva sobre la tierra.

 

Según fray Alberto Ariza, en  La  Villa  de Nuestra  Señora  de  Leiva: La  Cédula  de 15  de julio  de  1559  dispuso:  para  la  fundación  de  poblaciones se eligieran  sitios adecuados,  en  clima  sano,  tierra  fértil,  abundantes aguas,  de  buenos pastos  para  los ganados,  pero “no  se  tomará  nada  de  los  indios  contra su voluntad”  (Cf.  BHA,  n. 167, 1925).  Aquí sólo se tuvo en cuenta la bondad del  sitio, pero se  procedió   como  sobre tierras baldías,  atropellando  a los indios que  las  tenían  en adecuada  y  necesaria  explotación..”. Igualmente dijo que: “Los dominicos doctrineros en el valle de Saquencipá, no asistieron a la fundación de la villa para no autorizar con su presencia al atropello a los indios, cuyas tierras en adecuada explotación, fueron ocupadas, y repartidas a los advenedizos, sin indemnización alguna.”

 

Por su parte,  en la providencia del presidente Venero de Leyva que ratifica los autos del Corregidor Otálora,  se dice: "a los indios no se les han tomado ni quitado tierras de que reciban notable daño, ni a sus encomenderos
ningunas labranzas".
En julio de 1573 confirmó la fundación, pero instruyó a
Juan de Otálora  para que “anulara los proveimientos de huertas que se hicieron el mes de junio, teniendo en cuenta el desorden creado por su desatinada repartición”. (10)

 

El 14 de diciembre de 1573  en la Constancia de la comisión cumplida por Otálora: “aunque todo  Saquencipá,  Monquirá,  Sáchica,  Suta  y  las  demás  tierra  comarcana  despoblada  de indios, vecinos  y  encomenderos, no  sería  lo  bastante para  dar  a  tantas  personas  como  avecinaron  en  la  Villa”. 

 

En 1574, el oidor Francisco de Auncibay, encargado de atender
estas demandas, constata que las adjudicaciones se habían hecho
desconociendo los legítimos derechos de los indígenas y que,
efectivamente, en Saquencipá no había tierras desocupadas para los
españoles. Don Juan de Castellanos se compadece y condena los
atropellos denunciados, pero opina que en Saquencipá deben
dejarse unos doce o veinte españoles para "que no quede
despoblada de
españoles".

 

Los frailes dominicos de los pueblos vecinos, entre ellos el superior
de Tunja, exponen que se devuelvan las propiedades arrebatadas a
los indígenas y además se oponen a la fundación de Villa de Leyva.
El procurador de la Villa, don Diego de Gómez Caballero, señala que
terrenos arriba de Saquencipá existen espacios desocupados que
pueden ser utilizados para el traslado de la Villa. Continúan los
reclamos y denuncias de los indígenas, y se inicia un transitorio y lento traslado de la Villa al otro lado del arroyo, en terrenos abajo de los aposentos, donde tenía un molino el encomendero Barrera.

 

 

Juan de Castellanos declara que se ha causado  grave  perjuicio  a  los  indios  por  el reparto  de  las  tierras  a  los  españoles (…) en  este  asiento  de  Saquencipá  pueden  colocarse  hasta  15  o 20  labradores,  hombres  llanos,  virtuosos  y  casados,  que  no  tengan  ganados  en  demasía,  para que  no quede  todo despoblado  de  españoles”. (11)

 

“Usan los españoles cautelas

Dignísimas, señor, de gran  enmienda:

Abusos, desvergüenzas, corruptelas.

De que las Indias son pública tienda;

No son perros que ladran, sino lobos,

Que viven de rapiñas y de robos

 

De cuantos allá  viven se destierra

El peso,  la  razón y la  medida;

Y el  simple  natural de aquella tierra

No tiene libertad ni tiene vida;

Pues  manteniendo paz le hacen guerra,

Le quitan la mujer y la comida;

Al pacífico ,  llano y al  más manso

A este le da menos descanso". (12)

_________

 

“Y ansí  fue que  los  hombres  que vinieron

En  los  primeros años  fueron  tales,

Que  sin refrenamiento consumieron

Innumerables indios naturales:

 

Tan grande  fue  la  prisa  que les  dieron

En  uso de labranza y  metales,

Y eran  tan  excesivos los  tormentos

Que se  mataban ellos por  momentos”. (13)

 

El 15  de enero  de 1575  Don  Sebastián  Cacique  de  Sáchica  y  sus  capitanes  Sisatoque,  Siatama  y Suta, en  nombre  propio  y de  los indios del  repartimiento,  del  cual es  encomendero  Diego  García  Zárate, dicen  que se les ha causado  grave daño  con el  reparto de sus tierras  a  los  españoles  que  los  han  atropellado  y  robado;  son  600  indios  que  piden  la  devolución  de sus  tierras. (R. Que  vengan  al  estrado  del Comisionado).  El Oidor  nombra  por  defensor  de  los  sáchicas  al  encomendero García Zárate, quien jura  y  toma posesión.

 

La Real Audiencia ordena una nueva visita al corregidor Jove; este
examina la región, verifica las afirmaciones de los vecinos y acepta la
propuesta de traslado "no sin antes conocer que la mayor parte de los
primeros pobladores habían abandonado el lugar
y renunciado a las
tierras otorgadas, mientras que el número de los aspirantes
se
había aumentado sensiblemente".

 

 

Villa de Leyva surge como centro de poder, los pueblos de indios
quedan bajo su jurisdicción. La mano de obra indígena ya no
concurre a concentrarse en Tunja, lo hace en Leyva.

 

En 1575 la Villa se trasladó de la ribera norte de la quebrada a la del
Sur, al sitio al frente del actual Parque arqueológico de Saquencipá.

 

En 1577, cinco años después de la primera fundación de Villa de
Leyva y cinco años antes de la segunda, y como complemento a
las Capitulaciones que ordena a la Iglesia imponer la religión a la
fuerza, Juan de Alvis, escribano de cámara del Rey Felipe con
su mandato y con acuerdo del Presidente y oidores de la
Audiencia y Cancillería real, ordena requisar los santuarios y prohibir los ritos y ceremonias de los indígenas El cacique de Turmequé, Diego de Torres, presenta el primer memorial de agravios contra los encomenderos por los
atropellos y torturas contra los indígenas; denuncia el
incumplimiento de las cédulas reales, el fraude en los tributos y el
engaño con las encomiendas.

 

El oficio es pregonado públicamente en todos los mercados e iglesias antes de la misa en las poblaciones de Saquencipá, Iguaque, Monquirá, Sáchica, Suta, Cucaita, Sora y otras.

 

Numerosos templos y bohíos donde se hacían las ceremonias de
culto y se guardaban las ofrendas son quemados, junto con las
piezas de ofrendas y culto que no son de oro: mucuritas, vasijas,
mantas, mochilas, ídolos de algodón y palo.

 

En 1578 el cacique de Turmequé, Diego de Torres, presenta el primer memorial de  agravios  contra los encomenderos  por los  atropellos  y  torturas contra  los  indígenas;  denuncia el  incumplimiento de las cédulas reales, el fraude en los tributos y el engaño con las  encomiendas

 

El 2 de mayo de 1582  el procurador general de  la  Villa, don Diego Gómez Caballero, eleva una  solicitud de  visita. El  Corregidor y Justicia Mayor de Tunja, capitán Antonio Jove, conoce  las nuevas protestas y demandas. La Real Audiencia ordena  una nueva  visita al corregidor Jove; este examina la región, verifica las afirmaciones de los vecinos y  acepta la propuesta de traslado “no sin antes conocer que  la mayor parte de los  primeros pobladores habían  abandonado el lugar  y renunciado  a  las  tierras  otorgadas,  mientras  que  el  número  de  los  aspirantes  se  había  aumentado  sensiblemente”. (14)

 

En el Archivo de Indias, Audiencia de Santafé 88, se dice que el corregidor Jove pide que,  atendiendo las  justas  causas  alegadas, se mude  la  Villa (al actual  sitio) “ por ser mejor  y  más  sano.” Luego, es  aprobado por el  Cabildo y la  Audiencia de Santa Fe. (15)  Mediante un auto se ordena el traslado de la  villa  al  actual  emplazamiento y se ordena la elaboración de un nuevo plano con la indicación de los  nuevos beneficiados. En el plano aparecen los nombres de unos 120  adjudicatarios, además  de dos  conventos, San  Francisco  y Santo Domingo, y  casas de Cabildo y carnicería. Se asignan solares  a los caciques de  Saquencipá, Monquirá y Suta y a un indígena yanacona llamado Diego Yaya y dos solares para los molinos de Francisca Morales; el número de manzanas crece considerablemente, este sería el segundo  plano  más  antiguo.

 

 

Las principales razones  invocadas  para  propiciar  el  traslado  son: “la  disposición  de la  tierra,  asiento  y  aguas  ser  muy conbenyentes  para  los  hedificios  por  ser los  materiales muy perpetuos… el sitio donde al presente está  el dh  pueblo  está  dispuesto  para  coger  mucha  cantidad de  trigo”.

 

Villa de Leyva surge como centro de poder, los pueblos de indios quedan bajo su  jurisdicción.  La mano  de  obra indígena  ya  no concurre a concentrarse en  Tunja,  lo hace  en Leyva.

 

 

 Segunda fundación de la Villa

 

El 10 de mayo 1582 se hace el acta de la nueva fundación con el
nombre de Villa de Nuestra Señora de La Candelaria. La jurisdicción
de Villa de Leyva abarcó administrativamente el territorio de Ráquira,
Suta y los pueblos vecinos, extendiéndose por el occidente hasta los
páramos de Tinjacá y Chiquinquirá, y por el norte hasta la región de
Moniquirá.

 

Acta de la fundación

 

Anto.  Jove  escribió:  “ En  el  nombre  de  la  Santísima  trinidad,  Padre  hijo  y  Espíritu  Santo,  tres  personas  y  un  solo  Dios verdadero  que  reina  y  vive  para  siempre  sin  fin  amen.  Estando en  la  sierra  de  la  nueva  población  de  la Villa  de  Nuestra  Señora  de  La  Candelaria,  que  es  en  el valle  de  Saquencipá  jueves  diez  días  del mes  de  mayo  de  mil  e  quinientos  e  ochenta  y  dos  años,  estando en la  plaza  que  se  ha  señalado  para  la dicha  Villa, el  muy  ilustre  Capitán Antº. Jove,  Corregidor  y  Justicia Mayor  de  la  ciudad de  Tunja,  Vélez  y  Pamplona  y  de  esta  dicha  Villa  y  de  la  Villa  de  Sanxpobal  y  sus términos  y  jurisdicción  por Su  Majestad  por  presencia  de  mi  Martín  de  Lucuriaga, Escribano  de su  majestad  real  y  su  Notario  Público  y del  número y  Cabildo  de  la  dicha  ciudad de Tunja  del  Nuevo  Reino de  Granada  de  las  Indias,  el dicho  nuestro  Corregidor  tomó  una  espada  desnuda  en la  mano  y  dijo  que  para  su servicio  de Dios  Nuestro  señor  y en  nombre  de Su  Majestad  el  Rey don Felipe  nuestro  señor,  mudaba  y  mudó  la dicha  Villa  al sitio  y  lugar  que  tiene  trazado,  mandaba  y  mandó  que  los  vecinos  estantes y  habitantes  en  la  dicha Villa  se muden  al  dicho  sitio  y lugar  y  en  él  planten  y edifiquen  sus  casas  y  moradas  y  hagan  sus  casas  donde  mandó  que  estén  y  vivan  como  en  Pueblo  de Su  Majestad  y  para  que su  real  justicia  sea ejecutada  y  los  delincuentes  castigados,  en  medio  de  la  dicha  plaza  hizo  poner y  puso  un  palo  hincado  en el suelo  el cual  sirva  de rollo  y picota  y  que la  dicha  Villa  y  pueblo  conforme  a  la  primera  fundación  y  reedificación  sea  como  hasta  hoy  ha sido  y  de  jurisdicción  de  la  dicha  ciudad  de Tunja;  y  estando  en  el  dicho  sitio  e  lugar  de  la  dicha  plaza  con la  dicha  espada  desnuda  y  alta  en  la  mano  dio  y  tiró  una  cuchillada  al  dicho  rollo, lo  cual  dijo  que  hacía  e  hizo  en  señal  de  posesión  y  para  adquisición  de  posesión  e  guarda  del  derecho,  patrimonio  e  corona  real,  en cuyo  real  nombre  lo  ha  mudado  e  muda  según  y  conforme  a  los  aditamentos  y  condiciones  contenidos  y  declarados  en la  primera  fundación y reedificación  e que agora de nuevo  tomaba  e  tomó  posesión  en  nombre  de  Su  majestad  y de su  real corona,  declarándola  por  Villa  y  aldea  sujeta  a  la dicha  ciudad de  Tunja  y  a  la  Justicia  Mayor  y  Cabildo  de ella,  con  todas  las  cláusulas y  aditamentos  y  gravámenes  qué  desde  agora  tiempo  fueron  señalados  y declarados  para que  la dicha  justicia  y  Cabildo  de la dicha ciudad  nombre y  señale al Justicia  y  otros Oficiales  de República  que  hubiere  de  hacer  en  la dicha  villa como hasta  aquí lo han  hecho  y según  que lo  tienen  de costumbre,  sin que se le atribuya  a  la dicha  Villa  más  jurisdicción  de aquella  que  fuere  ordenado  y se  ordenare,  proveyere  y  mandare  por  las  dichas  Justicias,  Cabildo  y  Regimiento  de  la dicha ciudad  de Tunja  en nombre de  su majestad, así  como los  que  al presente  son  como los  que  adelante  fueren  y así conste  de  presupuesto,  el dicho  señor  Corregidor  con  la dicha  espada  desenvainada añadiendo fuerza  a fuerza y  firmeza  a firmeza  de la posesión  que  en   nombre  de su  Majestad  de la dicha  Villa  y  fundación  y reedificación  ha  tomado  y  toma y  en servicio de ella  y d  otro  auto  que corporal y  judicialmente hizo, mando  hacer y que se haga  una cruz  alta y que se  ponga  frontero  del  sitio y lugar donde  ha de ser la Iglesia mayor de la dicha  Villa  y  de cómo  la dicha  posesión  de  la dicha  Villa  de Nuestra Señora de Candelaria ha tomado y toma quieta y pacíficamente  sin  contradicción  de persona  alguna,  pidió e requirió  a  mi  el dicho Escribano  le dé  por fiel testimonio, de como en nombre de  Su Majestad  en  su  real  nombre  y por Villa  y  aldea  de la  dicha  ciudad de Tunja y  sujeta  a la  jurisdicción  de  ella,  toma y  aprehende  la dicha  posesión  por aquella vía e forma que dé derecho mejor lugar haya, e yo el dicho  Escribano certifico  y doy fe que el dicho señor Corregidor tomó e aprehendió la  dicha  posesión a  la  manera dicha y sin contradicción de persona alguna lo  mejor  que  yo  o  el  se  entendiese,  siendo  testigos  presentes Crno.  De  Mojica  Guevara  y Antonio  Cabrera  de  Sossa  y  Hernán  Rodríguez  Mosso  y otras muchas  personas,  vecinos  de la  dicha ciudad  de Tunja  y  de esta  dicha  Villa  y  el dicho  señor  Corregidor  lo  firmó.

         

Luego dijo que  “por cuanto  en cumplimiento  de la condición  con  que  esta  dicha Villa se  fundó  que parece haber  sido  con  aditamento  de  poder mudar  en otra  parte  y  lugar de más utilidad y  provecho en salud  y  aprovechamiento  de los  vecinos  y pobladores de ella…”

 

Martín de  Lucuriaga: dijo: Los  vecinos  de  esta  villa  de  Nuestra  Señora de Leiva  que  aquí  firmamos  nuestros  nombres  los  que tenemos  solares  y  huertas  y suertes de tierras  en  este dicho asiento, donde al presente está  poblada y fundada,  decimos  que  de  nuestro  pedimento  y  del Procurador  General  de  esta  villa  se ha  pedido y suplicado  a  v. M.  mandase  mudar  y pasar dicho  pueblo  de la  otra banda  de la  quebrada,  por ser  el sitio  y  asiento  donde  se pretende  mudar,  tierra  dispuesta  y  aparejada  para edificios  perpetuos  y  V.M.  administrando justicia  en  el  caso ha mandado  que se  pase  y mude  y  que  este  dicho pueblo  y asiento  donde al presente estamos  se  pueda sortear  entre  los  vecinos  de esta  dicha villa  que  la han  sustentado  y  para  que  en  todo  haya cumplido  efecto  el tenor  de dicho  auto, por  tanto  por  la  vía  y forma  que  más  de  derecho  hubiere  lugar  hacemos  dejación  de su  Md.  de  los solares  y  huertas  que  así  tenemos  y  poseemos  labrados y  por  labrar  en  este dicho  asiento  y  pueblo  desde  el  pie  de  la sierra  y  nacimiento  del agua  que  pasa  por  la  plaza  desta  dicha villa  hasta dar  al  molino y acequia  del dicho  molino  de Hernando Barrera  y desde  la  quebrada  hasta alinderar  con  tierras  de  Sebastián  Ruiz  y  Alonso  Pérez,  y  el  pedregal  abajo  hasta  la  acequia  del  dicho  molino  de Hernando Barrera  la  cual  dicha  tierra  en  la  reedificación  de  esta  villa  señalo para  repartir  solares  y  huertas  con  tanto  y ante  todas  las  cosas V.M. mande  dar  por  ninguno  e ningún  valor  y  efecto  los dichos solares  y huertas  y  suertes  de  tierras  que en  cualquier  manera  e  por  cualquiera  justicia  y  cabildo  se  haya  dado  y  proveído  a  personas  particulares,  vecinos  y no vecinos  de  esta  villa  que  han  labrado  y  edificado  y  hecho  vecindad  por cuanto conforme  a  las ordenanzas desta  villa  y autos  y  pregones  todo  ello  queda  vaco  y como  tales  vacos  declare  V.M.  y  con  tal  aditamento  y  condición  que si  por  cualquiera  vía  no  hubiere  la  mudada  de dicho  pueblo  que  tenemos  en  si  cada  uno  de  los solares  y  huertas  que  así tenemos y  poseemos  y  con  esta  dicha  condición  hacemos  la  dicha  dejación  y  con  que  los  que  tenemos  edificado, labrado  y cultivado  y sustentado  en este dicho pueblo  seamos  preferidos  en  la  mejoría  de  las  dichas  suertes  que  se  hubieren  de  hacer  en la  dicha  tierra  y  se  nos  acreciente  en  mas  cantidad  conforme  a  lo  que  cada  uno  tuviere  hecho,  labrado  y  cultivado.  Ansí  mismo  suplicamos  a  V.M. se tenga  atención  con los  primeros  pobladores y reformadores  de  esta  villa y  los  que  dejó  señalados  y  nombrados  el  señor  licenciado  don Diego  de  Narváez,  Oidor  que  fue  de  la  Real Audiencia  que  vino a  la  visita  desta  dicha  villa  con  que  no  se  entienda  con  las estancias  que  están  fuera  de  los  linderos  dichos,  pedimos  y  suplicamos  a  V.M.  así  lo  provea  y  mande  con  éstas  dichas  condiciones  que referimos se  sortee  la  dicha  tierra  entre  los dichos  vecinos y  personas  que han  de  asistir  a ella  y  sobre  todo pedimos  justicia  y  para  ello.

 

Franº Anto Pérez, Polo Ribera,  Duarte  López, Alonso  Pérez,  Diego López  de Castiblanco,  Sebastián  López  de Castiblanco,  Juan López,  Francisco  López,  Francisco  Machado  Serrano,  Hernando Mozo, Ger.  De Moxica  Guevara,  Sebastián  Ruiz,  L. Antº Oetegón,  Pº. López, Juan R.  Matamoros, Pº.  Ruiz, Joan  Hidalgo Nieto,  Joan  Agustín  del Castillo,  Leonor  de  Mendoza, Tomás Castellanos, Jhoan  Falcón,  diego  María  Ruiz,  Hernán  Fonseca,  Juan de  Piñeros,  Simón  Ruiz,  Andrés  López,  Elias  de  Zárate,  Hdiº. De Rojas,  Joan M.º Abila.

 

CONFLICTOS CON TUNJA

 

En 1583 se presenta el primer conflicto con Tunja; desde su fundación, la Villa estaba  sujeta a ella, pertenecía a sus términos y nombraba alcaldes y regidores; además, sus tierras eran de los encomenderos de Tunja.  Ese año, el procurador general de la Villa, Salvador de la Hoya, se queja ante el Cabildo de Tunja y alega que  los  nombramientos, por parte del Cabildo, de personas ajenas a la Villa se “hace en desmedro de la Villa;” y como “una  rivalidad económica” dado que en la Villa  se cosechaba trigo en abundancia y  de mejor  calidad  y  por eso  acudían  allí las  recuas  de los comerciantes  y  no  a  la  ciudad  de  Tunja”. (16)

 

El territorio se convierte en la despensa del Nuevo Reino de Granada; despensa  centrada  en  la  producción  de trigo para  lo  cual se  establecen  27  molinos ubicados  estratégicamente  en los  cursos  de  las  principales  fuentes  de agua. El paisaje físico y cultural cambia radicalmente, ya no por “procesos físico-bióticos” sino por la introducción de valores de uso de la tierra ajenos; se reemplazan los productos tradicionales (maíz por trigo)  y se desarrolla un tipo de agricultura mediterránea que altera los ecosistemas y su geografía cultural. Se inicia un proceso ininterrumpido de destrucción de los bosques nativos para dar lugar a la creación de hatos ganaderos, la siembra de trigo y cebada y responder a la alta demanda de maderas para la construcción que exigen los nuevos asentamientos. La tierra se transforma en elemento de poder y la  sociedad  indígena  declina  por  el impacto  de las epidemias de viruela negra, por la producción y el  auge del trigo. 

 

La intensa y despiadada explotación de los recursos naturales y la introducción de sistemas agroculturales ajenos a las condiciones biológicas, ecológicas y culturales, producto de una" visión antropocéntrica y mercantilista" (J. Molano,1990) hacen que ya, en el siglo  XVIII, los cultivos de productos exógenos decaigan, esterilicen los suelos y se produzca una crisis económica, que cambia sustancialmente la vida de la región.

 

Pese al resultado de la demanda por la fundación, las tierras invadidas nunca fueron restituidas a los indígenas y en 1592 surgen los Resguardos de Indígenas. Las primeras comunidades que recibieron las tierras del Resguardo fueron, en 1595, las de Chiquinquirá, Moniquirá e Iguaque. Las comunidades indígenas enfrentan muchos problemas debido a los intereses de los latifundistas por sus tierras.

 

Han transcurrido 441 años desde la fundación;  ahora Villa de Leyva  aspira a ser Patrimonio de la Humanidad.

 

 

 1-Conferencia  en el Primer Encuentro de Historiadores en Villa de Leyva, organizado por el Centro de Estudios Históricos de Villa de Leyva  en el año 2000. Ernesto Porra es doctor en Filosofía y Letras, investigador del Departamento de Literatura Colombiana e Hispanoamericana del Instituto Caro y Cuervo.

2- Pavachoque es un lugar que se incluye en la delimitación del resguardo de Suta en 1593 AGN: C.I. T #:328-342.

3- AGN Tierras Boyacá T 10: 37 y que los de Suta se las quitaron.

4- AGN. Colonia. Fondo Visitas Boyacá. Legajo 7. Folio 562v.

 

5- ACTA DE FUNDACIÓN. Este documento  reposa en el Archivo Histórico de Tunja

6- Alberto  Corradine: “Fundación  de la Villa de Leyva  y  su  Desarrollo”, en:“Villa  de  Leyva: Huella  de los  Siglos, Bogotá, 1986.

7- C,1572, 15 de junio, 177 y 179 r. Ernesto Porras C.: La  difícil relación entre Villa de Leyva y  Tunja  durante la Colonia.

 

 

8- A. Corradine, Fundación de la Villa de Leyva y su Desarrollo" en: Villa de Leyva: huella de los
siglos." Bogotá, 1986.

 

9- Lista de las personas a  quienes se distribuyeron huertas o  tierras en la Villa.:

  Juan  García de Casasola,  Jerónimo  Maldonado, Pedro Ibáñez,  Andrés  de León,  Juan garcia  Manchado  (uno  de  los  primeros  descubridores  y conquistadores  de este  Reino),  Fray  Vicente  Requexada, el Capitán Gregorio  Suárez, Juan Alemán,  Gonzalo  Rodríguez, Diego  Hernández,  Mateo  Gualtero,  Juan  Durán,  Diego  Agudelo,  Antón  de Lepe,  Miguel  de  Partearroyo,  Pedro  Gómez,  Juan  de Orozco,  Alonso  Domínguez,  Francisco  Martín  de  Sirena,  Francisco  Pérez,  Pedro  Hernández,  Joanes  de  Aspeytia,  Simón  Rodríguez, Fernando  de Rojas, Pedro  Rodríguez  de  Carrión,  Doña  María  de Sanabria (viuda),  Luisa  de La Torre,  Juan de  Mayorga, Diego  García  Zárate,  Antón  de  Santana,  Diego  Alfonso,  Cristóbal  de Estrada,  Juan  Pérez,  Francisco r. de Morales  (hijo  de  Francisco  Rodríguez),  Juan  de Arciniégas.

 

10- Gabriel Camargo. Fundación y Proceso de Villa de Leyva. Boletín de Historia y Antigüedades

 

11- Declaración de Juan  de Castellanos,  en  la Villa el 20  de  enero  de  1575

 

12- Juan  de Castellanos: Elegías de Varones Ilustres. También, el  dominico Fr.  Antonio de Montesinos, en  1511, lanza la  primera  protesta  contra  los explotadores  de  los indígenas,  posteriormente  lo  hacen fray Bartolomé  de  las  Casas  y fray  Pedro  de Córdoba .

13- Fray Pedro Simón: Noticias Historiales de las Conquistas de Tierra Firme en las Indias Occidentales.  Guachetá. Libres  de Tunja.

14- A.  Corradine: Fundación  de  la  Villa de Leyva  y  su  Desarrollo en: “Villa  de  Leyva: Huella  de los  Siglos.” Bogotá, 1986.

15- Archivo de Indias. Audiencia  de Santafé, 88.

16- Ibid., nota 518